Normativa

La Administración Pública de la Provincia de Buenos Aires se encuentra en una etapa de cambios sustanciales en sus procesos de gestión, teniendo en miras la provisión eficaz y eficiente de bienes y servicios públicos a los ciudadanos de la provincia de Buenos Aires de manera equitativa, transparente y efectiva, para una mayor integración y desarrollo de la sociedad.
 

En este sentido, resulta de vital importancia la incorporación y utilización de las nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones.
Para llevar a cabo estos pilares que propugna la Administración Pública Provincial, en el año 2016 la Legislatura de la Provincia de Buenos Aires sancionó la Ley Nº 14.828  que crea el Plan Estratégico de Modernización de la Administración Pública de la Provincia de Buenos Aires, el cual está compuesto por un conjunto de programas, normas y procedimientos destinados a instalar, en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, un nuevo modelo de gestión de los recursos públicos sustentado en la planificación y control, en el proceso de reforma de los sistemas administrativos, a fin de lograr una administración orientada a los resultados, y a la transparencia y control ciudadano en la gestión pública.
 

En este punto, es clave resaltar que elartículo 9.3.1 de la Ley Nº 14.828 establece que la utilización de expedientes electrónicos, documentos electrónicos, firma electrónica, firma digital, comunicaciones electrónicas, notificaciones electrónicas y domicilios electrónicos constituidos, en todos los procedimientos administrativos que se tramitan ante la Administración Pública de la Provincia de Buenos Aires centralizada y descentralizada y los Organismos de la Constitución, tienen idéntica eficacia jurídica y valor probatorio que sus equivalentes en soporte papel o cualquier otro soporte que se utilice a la fecha de entrada en vigencia de la Ley citada.
 

A su vez, a través del  Decreto Nº 1018/16 reglamentario de la Ley Nº 14.828, se aprobaron herramientas claves para alcanzar los objetivos de las políticas públicas impulsadas por la actual gestión: a) la reglamentación del Anexo Único de la Ley N° 14.828 -“Plan Estratégico de Modernización de la Administración Pública de la Provincia de Buenos Aires” (Anexo I); b) la implementación del Sistema de Gestión Documental Electrónica Buenos Aires “GDEBA” como sistema integrado de caratulación, numeración, seguimiento y registración de movimientos de todas las actuaciones de la Administración Pública de la Provincia de Buenos Aires (Anexo II), c) el “Reglamento para la Gestión y Ordenamiento de Actuaciones Administrativas en Soporte Electrónico” (Anexo III).
 

Asimismo, en virtud de la implementación de “GDEBA” y teniendo en miras la efectividad de la gestión pública, el Decreto Nº 1018/16 instituyó que las disposiciones contenidas en el Decreto N° 300/06, y sus modificatorios, o las que en el futuro las reemplacen, no son aplicables a las comunicaciones generadas mediante el citado sistema.
 

Resulta procedente destacar que a través de la  Ley N° 13.666, reglamentada por Decreto N° 305/12 y modificatorios, la Provincia de Buenos Aires adhiere a la Ley Nacional de Firma Digital Nº 25.506, equiparando la firma digital a la firma ológrafa, gozando de plena validez y eficacia jurídica, y destaca que en los casos que la Ley requiera firma manuscrita, esa exigencia queda satisfecha por la firma digital.
 

En línea con los antecedentes legislativos reseñados, el Código Civil y Comercial de la Nación establece en el artículo 288 que: “La firma prueba la autoría de la declaración de voluntad expresada en el texto al cual corresponde. Debe consistir en el nombre del firmante o en un signo. En los instrumentos generados por medios electrónicos, el requisito de la firma de una persona queda satisfecho si se utiliza una firma digital, que asegure indubitablemente la autoría e integridad del instrumento”.
 

Siguiendo los objetivos mencionados, la  Ley de Ministerios Nº 14.853 en su inciso 6) del artículo 18 establece que le corresponde al Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros todo lo inherente a la Modernización de la Administración Pública, y en concordancia con lo expuesto, por el artículo 59 se designa como órgano rector de la emergencia tecnológica al Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros (modificatoria de la  Ley Nº 14.815).
 

En este escenario normativo, el Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires a través del Decreto Nº 144/17, establecea partir del 3 de marzo de 2017 la obligatoriedad del uso del módulo “GENERADOR DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS OFICIALES (GEDO)” del Sistema de Gestión Documental Electrónica Buenos Aires “GDEBA”, como medio de creación de los proyectos de Decreto destinados al Poder Ejecutivo, para los Ministros, Secretarios, Secretarios de Estado y el Director General de Cultura y Educación; previendo que a los fines del cumplimiento del artículo 5° de la Ley Nº 14.853, los refrendos de los actos del Poder Ejecutivo deberán ser efectuados mediante el uso de firma digital, con la eficacia y efectos establecidos en el artículo 9.3.1 de la Ley Nº 14.828.
 

En concordancia con la normativa reseñada, se dictó la Resolución Conjunta entre el Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros y Secretaría Legal y Técnica (JGM Nº 11/17 y SLYT Nº 39/17 ),con el objeto de establecer a partir del 3 de marzo de 2017 la obligatoriedad del uso de dos (2) módulos de GDEBA: 1) “COMUNICACIONES OFICIALES (CCOO)”, como medio de creación, comunicación y archivo de notas y memorandos y 2) “GENERADOR DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS OFICIALES (GEDO)”, como medio de creación, registro y archivo de documentos, por parte de los Ministros, Secretarios, Secretarios de Estado y el Director General de Cultura y Educación, en todos los niveles de su estructura organizativa.

 

En línea con los avances en la implementación del sistema, se dictó la Resolución Conjunta con número GDEBA RESFC-2017-1-E-GDEBA-MJGM entre el Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros y Secretaría Legal y Técnica, publicándose en el Boletín Oficial N°28.039 el día 31 de Mayo de 2017. La misma determina la confección obligatoria de los actos administrativos y su correspondiente firma digital a través del módulo “GENERADOR ELECTRÓNICO DE DOCUMENTOS OFICIALES (GEDO)” que dicten los Ministerios, sus organismos dependientes, Secretarías de Estado, Subsecretarías, y la Dirección General de Cultura y Educación. Resuelve, además, la obligatoriedad del módulo “COMUNICACIONES OFICIALES (CCOO)”, y “GENERADOR ELECTRÓNICOS DE DOCUMENTOS OFICIALES (GEDO)” para Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia, y Tesorería General de la Provincia. En relación al módulo “EXPEDIENTE ELECTRÓNICO (EE)” determina los organismos y 6 procedimientos obligatorios a realizarse desde la plataforma.

 

Por otro lado, la Resolución con número GDEBA RESFC-2017-2-E-GDEBA-MJGM dictada de manera conjunta entre el Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros y Secretaría Legal y Técnica, publicada en el Boletín Oficial N° 28.040 el día 1° de Junio de 2017, establece la intervención de Fiscalía de Estado de la Provincia de Buenos Aires en la utilización de los módulos “COMUNICACIONES OFICIALES (CCOO)”, “GENERADOR ELECTRÓNICOS DE DOCUMENTOS OFICIALES (GEDO)”, y “EXPEDIENTE ELECTRÓNICO” (EE) del sistema “GESTIÓN DOCUMENTAL ELECTRÓNICA BUENOS AIRES” (GDEBA) para todos los niveles de su estructura interna. A su vez, fijando para el mencionado organismo, como para las siguientes jurisdicciones: Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, Ministerio de Economía, Ministerio de Gobierno, Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, Ministerio de Justicia, Secretaría General, Secretaría Legal y Técnica, Coordinación General Unidad Gobernador, Dirección General de Cultura y Educación, Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia de Buenos Aires, Tesorería General de la Provincia de Buenos Aires, los 42 procedimientos que deberán iniciarse y tramitar a través del módulo “EXPEDIENTE ELECTRÓNICO” (EE).

 

Asimismo, en el Boletín Oficial N° 28.040 salió publicada otra Resolución Conjunta entre el Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros y Secretaría Legal y Técnica con número GDEBA RESFC-2017-3-E-GDEBA-MJGM, la cual determina la obligatoriedad de uso del módulo “GENERADOR ELECTRÓNICO DE DOCUMENTOS OFICIALES (GEDO)” para la confección de los actos administrativos que dicte la Dirección Provincial de Personas Jurídicas dependiente del Ministerio de Justicia, y del módulo “EXPEDIENTE ELECTRÓNICO (EE)”, para iniciar y tramitar exclusivamente a través de la plataforma 6 procedimientos administrativos que detalla la resolución.

 

En la misma línea, el 6 de Septiembre de 2017 se dictó la Resolución Conjunta entre el Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros y la Secretaría Legal y Técnica con número GDEBA RESFC-2015-5-E-GDEBA-MJMG, que establece la obligatoriedad de uso del módulo “EXPEDIENTE ELECTRONICO (EE)” para nuevos organismos, como son el Ministerio de Desarrollo Social; Ministerio de Producción; Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación; Ministerio de Trabajo; Ministerio de Gestión Cultural; Secretaria de Derechos Humanos y Secretaria de Comunicaciones, debiendo iniciar y tramitar exclusivamente a través de éste módulo 42 Procedimientos Administrativos.

 

Además, dispone la obligatoriedad de uso del módulo “GENERADOR ELECTRÓNICO DE DOCUMENTOS OFICIALES (GEDO)”, para la confección de todos los Actos Administrativos que dicten las Direcciones Generales, Provinciales y de Línea dependientes de los Ministerios, Secretarías de Estado del Poder Ejecutivo y la Dirección General de Cultura y Educación, los cuales deberán ser firmados mediante el uso de Firma Digital. Esta normativa entró en vigencia el 2 de Octubre de 2017, publicándose en el Boletín Oficial N° 28.107

 

El 2 de enero de 2018 entró en vigencia una Resolución Conjunta dictada por el Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros y la Secretaría Legal y Técnica con número GDEBA RESFC-2017-9-E-GDEBA-MJGM, que establece nuevas disposiciones en relación a la plataforma GDEBA. La Resolución Conjunta dispone la obligatoriedad de uso de los módulos “COMUNICACIONES OFICIALES (CCOO)” y “GENERADOR ELECTRÓNICO DE DOCUMENTOS OFICIALES (GEDO)” para 27 entes descentralizados, desconcentrados y autárquicos en todos los niveles de su estructura organizativa, los cuales se encuentran enumerados en el artículo 1.

 

Se detalla e individualiza 31 nuevas tratas que deben iniciar y tramitarse a través del módulo “EXPEDIENTE ELECTRÓNICO”, y se suman 4 nuevos organismos a la implementación de GDEBA: Ministerio de Salud, Ministerio de Seguridad, Ministerio de Agroindustria y Secretaría de Medios. Asimismo, tanto el Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros como la Secretaría Legal y Técnica iniciarán todos sus expedientes a través de la plataforma GDEBA, cerrando la caratulación en papel.

 

Por otro lado, todos los organismos de la Administración Central de la Provincia de Buenos Aires y sus descentralizados, deberán tramitar los Expedientes Electrónicos que les sean remitidos por las jurisdicciones que estén obligadas a iniciar y tramitar los procedimientos a través de GDEBA. Esta normativa entró en vigencia el 2 de Enero de 2018, publicándose en el Boletín Oficial N° 28.186.

 

En la misma línea, y en virtud de la implementación progresiva del sistema GDEBA, se dicta la resolución número RESFC-2018-3-GDEBA-MJGM, por la cual se establece para los entes descentralizados, a saber: el Instituto Provincial de Lotería y Casinos; Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible; la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires y el Organismo Provincial de Integración Social y Urbana, el uso exclusivo y obligatorio del módulo “EXPEDIENTE ELECTRONICO (EE)” para iniciar y tramitar las 73 tratas que fueron aprobadas por las resoluciones anteriores. Se publicó en el Boletín Oficial N° 28.208 el día Jueves 1 de Febrero de 2018.


El 3 de Abril del 2018 entró en vigencia la Resolución Conjunta RESFC-2018-10-GDEBA-MJGM. En la misma, se establece la obligatoriedad del uso del Módulo “Expediente Electrónico (EE)” para Escribanía General de Gobierno; el Organismo de Control de Energía Eléctrica de la Pcia. de Buenos Aires (OCEBA) y para la Unidad Ejecutora del Programa de Mejoramiento de Barrios (PROMEBA). Las mismas deberán iniciar y tramitar mediante dicho módulo, las 73 tratas que se enumeran y que ya fueron aprobadas en las resoluciones anteriores.

Para Tesorería General se establece la obligatoriedad del uso del Módulo de Expediente Electrónico para 57 procedimientos; en tanto que, para Asesoría General de Gobierno se agregan 11 nuevos procedimientos. Ambos organismos en todos sus niveles de su estructura, deberán cerrar la caratulación de expedientes en soporte papel, debiendo hacerlo exclusivamente mediante el Módulo de Expediente Electrónico de GDEBA. Se publicó en el Boletín Oficial N° 28.246 el 3 de Abril de 2018.


En virtud del estado de implementación de la Plataforma GDEBA, se dictó la RESOL-2018-55-GDEBA-SSMDEMJGM, mediante la cual se incorporaron nuevos procedimientos para los sujetos obligados a su uso. En virtud de esto, en primer lugar, se estableció la obligatoriedad de uso del módulo EXPEDIENTE ELECTRÓNICO para 91 tratas nuevas para 28 organismos.

Además, para el Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, la Secretaría Legal y Técnica; Asesoría general y Tesorería, se dispuso la obligatoriedad de uso de Expediente Electrónico para 30 de las tratas establecidas en el art. 1. Asimismo, para el Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros; la Agencia Administradora Estadio Ciudad de La Plata; la Secretaria Legal y Técnica; Asesoría General de Gobierno; Tesorería General; Contaduría General; Ministerio de Salud e IPS, a través de los artículos posteriores, se estableció la obligatoriedad de uso de Expediente Electrónico para tratas específicas para cada organismo.


El 1° de junio del 2018 entró en vigencia la RESFC-2018-15-GDEBA-MJGM. Establece la obligatoriedad de uso del módulo de Expediente Electrónico para cuatro organismos: CUCAIBA; IOMA; CIC y el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, las que deberán iniciar y tramitar mediante Expediente Electrónico 163 tratas detalladas en la Resolución Conjunta. Para IOMA, además, se establecieron 4 tratas específicas.

Por último, el Ministerio de Justicia está obligado a iniciar 189 tratas nuevas, debiendo, cerrar la caratulación de los Expedientes en soporte papel y debiendo hacerlo sólo por GEDBA.


El 6 de junio de 2018 se publicó en el Boletín Oficial N° 28.289 una Resolución con número GDEBA RESOL-2018-68-GDEBA-SSMDEMJGM, que implica exclusivamente al Ministerio de Trabajo de la Provincia y sus Delegaciones. La misma establece la obligatoriedad de uso del Módulo de Expediente Electrónico para 14 tratas. La normativa detalla a través de un cronograma, las fechas de entrada en vigencia de acuerdo a cada jurisdicción.


En el Boletín Oficial N° 28.327 del 1° de agosto de 2018, se publicó la Resolución con número GDEBA RESOL-2018-113-GDEBA-MJGM. En la misma se resuelve que tanto el Honorable Tribunal de Cuentas como la Universidad Provincial del Sudoeste tienen que utilizar los módulos de CCOO y GEDO para la documentación interna y externa al organismo. Asimismo, están obligados a continuar la tramitación de los Expedientes Electrónicos que les remiten a través de GDEBA.

Por otro lado, establece la obligatoriedad de uso de Expediente Electrónico para 164 tratas para 6 organismos, a saber: 1. Corporación de Fomento del Valle Bonaerense del Río Colorado; 2. Autoridad del Agua; 3. Tribunal Fiscal de Apelación; 4. Comité de Cuenca del Río Reconquista; 5. Comité de Cuenca del Río Luján: 6. Universidad Provincial del Sudoeste. Mientras que para el Honorable Tribunal de Cuentas la obligatoriedad es para 163 códigos de trámites.

En su parte final, establece la obligatoriedad del uso de EE para tratas específicas tanto para el Ministerio de Asuntos Públicos como para el Ministerio de Producción, debiendo así, ambos organismos cerrar la caratulación de expedientes en soporte papel.

El 28 de septiembre de 2018 se dictó la Resolución con número GDEBA RESOL-2018-134-MJGM, que entró en vigencia el 1° de octubre del mismo año, publicándose en el Boletín Oficial N°28.369. Dicha norma, establece la obligatoriedad de uso de “COMUNICACIONES OFICIALES (CCOO)” y “GENERADOR ELETRÓNICO DE DOCUMENTOS OFICIALES (GEDO)” para la “Universidad Provincial de Ezeiza”. Además, deberán utilizar el Módulo de “EXPEDIENTE ELECTÓRNICO” con 164 tratas, las siguientes jurisdicciones: 1- Universidad Provincial de Ezeiza; 2- Instituto de Previsión Social; 3- Patronato de Liberados Bonaerense; 4-Servicio Penitenciario Bonaerense y; 5- Ente Administrador del Astillero Río Santiago.

Por último, a lo largo de la Resolución, se establece el cierre de caratulación de expedientes en soporte papel, haciéndolo exclusivamente a través del módulo Expediente Electrónico en GDEBA, para las siguientes jurisdicciones: Contaduría General; Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación; Secretaría General y la Coordinación Unidad Gobernador.

Con fecha 1 de diciembre de 2018, entra en vigencia la Resolución con número GDEBA RESOL-2018-160-GDEBA-MJGM, con el fin de hacer extensivo el uso del módulo de Expediente Electrónico para nuevos procedimientos y jurisdicciones. Esta normativa se publicó en el Boletín Oficial n°28.411.

La misma comienza estableciendo que, el Organismo Provincial de la Niñez y Adolescencia; El Consejo Provincial de las Mujeres; la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías de la Provincia de Buenos Aires y ARBA, estarán obligados a iniciar y tramitar mediante el módulo de Expediente Electrónico 164 códigos de trámites.

Por otro lado, se sumaron tratas para la Secretaría de Derechos Humanos, el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, y el Ministerio de Gobierno. Estas últimas tres jurisdicciones deberán cerrar la caratulación en papel, haciéndola únicamente a través del sistema GDEBA.

La Resolución con número GDEBA RESOL-2019-22-GDEBA-MJGM, fue publicada en el Boletín Oficial N°28.478 el 11 de marzo de 2019, entrando en vigencia a partir del día siguiente.

En sus primeros artículos establece la obligatoriedad de uso del módulo Expediente Electrónico para determinados procedimientos, sumando así, tratas específicas para los siguientes organismos: 1. Ministerio de Agroindustria; 2. Dirección General de Cultura y Educación; 3. Ministerio de Trabajo; 4. Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS); 5. Organismo Provincial de Integración Social y Urbana (OPISU); 6. Instituto de Obra Médica Asistencial (IOMA). Estas 6 jurisdicciones deberán cerrar la caratulación en soporte papel de todos sus trámites, debiendo hacerlo únicamente a través del módulo Expediente Electrónico (EE) de la plataforma GDEBA.

Por otro lado, se establece para el Ministerio de Seguridad, la obligatoriedad de uso del módulo Expediente Electrónico para iniciar y tramitar 32 procedimientos administrativos.


En virtud del estado de implementación del sistema GDEBA, se han dictado dos nuevas resoluciones, con fecha 26 de junio de 2019, y entrada en vigencia 11 de julio de 2019, que se podrán encontrar en la publicación del Boletín Oficial N° 28.557:

La primera normativa, con número GDEBA RESFC-2019-1-GDEBA-SLYT, establece la obligatoriedad de uso del Módulo Expediente Electrónico (EE), cerrando definitivamente la caratulación en papel, para cada uno de los siguientes organismos: Ministerio de Salud; Ministerio de Desarrollo Social; Ministerio de Economía; Dirección de Vialidad; Escribanía General de gobierno; Organismo de Control de Energía Eléctrica de la Pcia. de Bs.As. (OCEBA); Unidad Ejecutora del Programa de Mejoramiento de Barrios (PROMEBA).

A su vez, para Fiscalía de Estado, las Fiscalías Adjuntas, las Subsecretarías y las Direcciones Generales, se fijó un cronograma teniendo en cuenta a las distintas dependencias, para llevar a cabo el cierre definitivo de la caratulación de expedientes en soporte papel, exceptuando expedientes originados con motivo de la atribución contemplada en el art. 39 del Decreto Ley N° 7543/69.

La segunda Resolución Conjunta, RESFC-2019-2-GDEBA-SLYT, resuelve para los siguientes organismos, el uso obligatorio del Módulo de Expediente Electrónico para caratular todos sus expedientes: Ministerio de Gestión Cultural; Centro Único Coordinador de Ablación e Implante de la Pcia. de Bs.as (CUCAIBA); Comisión de Investigaciones Científicas (CIC); Instituto de la Vivienda de la Pcia. de Bs.As.; Corporación de Fomento del Valle Bonaerense del Río Colorado (CORFOCOL); La Autoridad el Agua (ADA).


En el Boletín Oficial N° 28.571 del 30 de julio de 2019, se publicó la Resolución de Firma Conjunta con número GDEBA RESFC-2019-3-GDEBA-SLYT, que establece para las Subsecretarías Legal, Técnica y Administrativa, de Coordinación y Logística Operativa y la de Planificación e Inteligencia Operativa, todas pertenecientes al Ministerio de Seguridad, la obligatoriedad de uso del Módulo “Expediente Electrónico (EE)”,  habilitando para cada una de ellas procedimientos específicos, resolviendo en su art. 4 que las mismas deberán cerrar la caratulación en papel, debiendo hacerlo exclusivamente a través de GDEBA.


La Resolución de Firma Conjunta con número GDEBA RESFC-2019-4-GDEBA-SLYT, publicada en el Boletín Oficial N° 28.620 el 08/10/2019, establece la obligatoriedad de uso del Módulo “Expediente Electrónico (EE)” para 24 procedimientos en el caso del Comité de Cuenca del Río Reconquista (COMIREC); 69 para el Instituto de Previsión Social (IPS); 36 para el Patronato de Liberados; 49 para el Servicio Penitenciario Bonaerense; y 3 para la Universidad Provincial del Sudoeste (UPSO).

A su vez, dispone que, tanto el Tribunal Fiscal de Apelación, el COMIREC, el Comité del Río Luján, Patronato de Liberados, Servicio Penitenciario, la UPSO y el IPS (salvo en el caso de Jubilación Digital hasta el 30 de octubre), deberán cerrar la caratulación de expedientes en soporte papel, debiendo hacerlo únicamente por GDEBA.

El 15 de noviembre del 2019, se publicó en el Boletín Oficial N° 28.647 la Resolución de Firma Conjunta con número GDEBA RESFC-2019-7-GDEBA-SLYT, por la cual se establece que los siguientes organismos deben cerrar la caratulación en papel: 1) Secretaría de Medios; 2) Instituto Provincial de Lotería y Casinos; 3) Caja de Retiros Jubilaciones y Pensiones de las Policías de la Provincia de Bs.As; 4) Universidad Provincial de Ezeiza; 5) Astillero Río Santiago; 6) Organismo Provincial de la Niñez y Adolescencia; 7) Consejo Provincial de las Mujeres; y 8) Min. de Seguridad (éste último con las excepciones contempladas en el art. 10).

Por otra parte, en la misma normativa se habilitan nuevas tratas para 38 organismos que ya tenían cerrada su caratulación en papel. Y a su vez, se incluyen nuevos códigos de trámites para ARBA.


En el espíritu del plexo normativo vigente, los organismos competentes en la materia dictarán en forma progresiva la normativa tendiente a cumplir los objetivos proyectados para la implementación de GDEBA, la cual será publicada en el Boletín Oficial, y posteriormente actualizada en la presente.







































Norma
Número
Fecha de Publicación
Fecha de Vigencia
Descripción
Link
Resolución Conjunta RESFC-2019-7-GDEBA-SLYT 15/11/19 16/11/19

- Cierre de caratulación en papel para: Secretaría de Medios; Instituto Provincial de Lotería y Casinos; Caja de Retiros Jubilaciones y Pensiones de las Policías de la Provincia de Bs.As; Universidad Provincial de Ezeiza; Astillero Río Santiago; Organismo Provincial de la Niñez y Adolescencia; Consejo Provincial de las Mujeres; y Min. de Seguridad (éste último con las excepciones contempladas en el art. 10).

- Nuevos códigos de trámites para ARBA

- Para 38 organismos que ya cerraron su caratulación en papel, se habilitan nuevas tratas.

https://www.boletinoficial.gba.gob.ar/secciones/9984/ver
Resolución Conjunta RESFC-2019-4-GDEBA-SLYT 08/10/19 09/10/19

- El Tribunal Fiscal de Apelación, COMIREC, Comité del Río Luján, Patronato de Liberados, SPB, UPSO y el IPS (salvo para jubilación digital hasta el 30 de oct.) deberán cerrar la caratulación en papel, y realizarlo únicamente por GDEBA.

https://www.boletinoficial.gba.gob.ar/secciones/9893/ver
Resolución Conjunta RESFC-2019-3-GDEBA-SLYT 30/07/19 31/07/19

- Se establece para las Subsecretarías de Legal, Técnica y Administrativa, de Coordinación y Logística Operativa y la de Planificación e Inteligencia (del Min. de Seguridad) el cierre de caratulación en papel.

https://www.boletinoficial.gba.gob.ar/secciones/9735/ver
Resolución Conjunta RESFC-2019-2-GDEBA-SLYT 10/07/19 11/07/19

- Cierre de Caratulación en papel para Min. de Gestión Cultural: CUCAIBA; CIC; Instituto de la Vivienda; CORFOCOL; ADA.

https://www.boletinoficial.gba.gob.ar/secciones/9698/ver
Resolución Conjunta RESFC-2019-1-GDEBA-SLYT 10/07/19 11/07/19

- Obligatoriedad de caratulación por GDEBA para Min. de Salud; Min. de Desarrollo Soc.; Min. de Economía; Dir. de Vialidad; Escribanía Gral. De Gobierno; OCEBA; PROMEBA.

- Cronograma de inicio de obligatoriedad para Fiscalía de Estado, Fiscalías Adjuntas, Subsecretarías y Direcciones Generales de acuerdo a la dependencia.

https://www.boletinoficial.gba.gob.ar/secciones/9698/ver
Resolución RESOL-2019-22-GDEBA-MJGM 11/03/19 12/03/19

- Cierre de caratulación en papel para Min. de Agroindustria; Dir. Gral. de Educación; Min. de Trabajo; OPDS; OPISU; IOMA.
- Obligatoriedad de EE con 32 tratas para el Min. de Seguridad.

https://www.boletinoficial.gba.gob.ar/secciones/9439/ver
Resolución RESOL-2018-160-GDEBA-MJGM 30/11/18 01/12/18

- Obligatoriedad de EE para 164 trámites para 4 organismos: Organismo Pcial. de Niñez y Adolescencia; Consejo Pcial. de las Mujeres; Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías de la Pcia. de Bs.As y ARBA.-

- Cierre de caratulación en papel para: Min. De Gobierno; Min. de Infraestructura y Servicios Públicos; y Secretaría de DDHH.

https://www.boletinoficial.gba.gob.ar/secciones/9243/ver
Resolución RESOL-2018-134-GDEBA-MJGM 01/10/18 01/10/18

- Obligatoriedad de EE con 164 tratas para 5 organismos: UPE, IPS, Patronato de Liberados, Servicio Penitenciario y Astillero Río Santiago

- Obligatoriedad de caratulación por GDEBA para Contaduría General de la Provincia; Min. De Ciencia, Tecnología e Innovación; SLYT; Coordinación unidad Gobernador.

- Obligatoriedad de CCOO y GEDO para UPE.

https://www.boletinoficial.gba.gob.ar/secciones/9040/ver
Resolución RESOL-2018-113-GDEBA-MJGM 01/08/18 01/08/18

- Obligatoriedad de 164 tratas para 6 Organismos (CORFO; ADA; Tribunal Fiscal de Apelación; COMIREC; COMILU; UPSO).

- Obligatoriedad de uso de CCOO y GEDO para el Honorable Tribunal de Cuentas y la Universidad Provincial del Sudoeste (UPSO).

- Obligatoriedad de 163 para el Honorable Tribunal de Cuentas.

- El Ministerio de Producción y el Ministerio de Asuntos Públicos tendrán que caratular todos sus expedientes a través de GDEBA

https://www.boletinoficial.gba.gob.ar/secciones/8834/ver
Resolución RESOL-2018-68-GDEBA-SSMDEMJGM 06/06/18 11/06/18

- Obligatoriedad de 14 tratas para el Ministerio de Trabajo y sus respectivas Delegaciones.

- Cronograma de inicio de la obligatoriedad según jurisdicción.

https://www.boletinoficial.gba.gob.ar/secciones/227/ver
Resolución Conjunta RESFC-2018-15-GDEBA-MJGM 31/05/18 01/06/18

- Obligatoriedad de 163 tratas para 4 organismos. (IOMA; CUCAIBA; CIC; IVBA)

- IOMA 4 tratas especificas

- Ministerio de Justicia, caratulará todos sus Expedientes sólo por GDEBA

https://www.boletinoficial.gba.gob.ar/secciones/212/ver
Resolución Conjunta RESOL-2018-55-GDEBA-SSMDEMJGM 17/04/18 02/05/18

- Obligatoriedad 91 tratas para 28 organismos.

- 4 Organismos obligados a 30 tratas.

- MJGM; Estadio Ciudad de La Plata; Sec. Legal y Técnica; Asesoría Gral.; tesorería Gral.; Contaduría; Salud e IPS: Obligatoriedad tratas específicas para cada uno.

https://www.boletinoficial.gba.gob.ar/secciones/96/ver
Resolución Conjunta RESFC-2018-10-GDEBA-MJGM 03/04/18 03/04/18

- Obligatoriedad de 73 tratas para Escribanía General de Gobierno, OCEBA y PROMEBA

- 57 tratas para Tesorería General y 11 para Asesoría General. Ambos, en todos sus niveles de su estructura, deberán cerrar la caratulación de expedientes en soporte papel. Deberán hacerlo solo por GDEBA.

http://www.gob.gba.gov.ar/Bole/pdfs/2018-04-03/SUPLEMENTO2018-04-031522757667.pdf
Resolución Conjunta RESFC-2018-3-GDEBA-MJGM 01/02/18 01/02/18 - Obligatoriedad de EE para 4 descentralizados: el Instituto Provincial de Lotería y Casinos; Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible; la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires y el Organismo Provincial de Integración Social y Urbana http://www.gob.gba.gov.ar/Bole/pdfs/2018-02-01/SUPLEMENTO12018-02-011517487716.pdf
Resolución Conjunta RESFC-2017-9-E-GDEBA-MJGM 02/01/18 02/01/18

- Obligatoriedad de CCOO y GEDO para descentralizados

- 31 nuevas Tratas y 4 nuevos Organismos

- Jefatura de Gabinete y Secretaría Legal y Técnica iniciarán todos sus expedientes por GDEBA

- La Administración Central y sus descentralizados deberán tramitar todo lo que les remitan a través de GDEBA

http://www.gob.gba.gov.ar/Bole/pdfs/2018-01-02/SUPLEMENTO22018-01-021514901874.pdf
Resolución Conjunta RESFC-2017-5-E-GDEBA-MJGM 06/09/17 02/10/17

- EE para 7 Organismos y mismos 42 Procedimientos

- Firma de Actos para Directores, Directores Provinciales y Directores Generales

http://www.gob.gba.gov.ar/legislacion/legislacion/r-e-5-17-Conjunta.html
Resolución Conjunta RESFC-2017-2-E-GDEBA-MJGM 01/06/17 02/06/17

- CCOO, GEDO y EE para Fiscalía de Estado

- Termina de completar 42 Procedimientos con 13 organismos

- Proc. "Envío de Acto Administrativo para publicación en el boletin oficial"

http://www.gob.gba.gov.ar/legislacion/legislacion/17-e-jgm-2.html
Resolución Conjunta RESFC-2017-3-E-GDEBA-MJGM 01/06/17 02/06/17

- Actos Administrativos para DPPJ

- EE para 6 Procedimientos Administrativos

http://www.gob.gba.gov.ar/legislacion/legislacion/17-e-jgm-3.html
Resolución Conjunta RESFC-2017-1-E-GDEBA-MJGM 31/05/17 01/06/17

- Obligatoriedad de Actos para Ministros, Secretarios y Dir. General de Cultura y Educación

- Obligatoriedad de Actos para Subsecretarios o Equivalentes

- CCOO y GEDO para Asesoría, Contaduría y Tesorería

- EE para 12 Organismos en 6 Procedimientos

http://www.gob.gba.gov.ar/legislacion/legislacion/r-jgm-17-1e.html