viernes, 2 de junio de 2017

Más de 40 procedimientos administrativos ya se tramitan en GDEBA

El Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros y la Secretaría Legal y Técnica dictaron una resolución conjunta con número GDEBA RESFC-2017-2-E-GDEBA-MJGM que establece la obligatoriedad de uso del Módulo de Expediente Electrónico para el desarrollo de 42 procesos administrativos:

1. Pase Definitivo // 2. Designación de Personal de Gabinete / Funcionario // 3. Licencia Decenal // 4. Licencia por actividad deportiva // 5. Licencia por actividad política // 6. Licencia por actividad gremial // 7. Cese por fallecimiento // 8. Renuncia a Planta Temporaria // 9. Locación de Servicios // 10. Licencia de estudios o perfeccionamiento // 11. Designación de Secretarios Privados // 12. Licencia sin goce de haberes // 13. Cese por Renuncia a planta permanente // 14. Cese por abandono de Cargo // 15. Convenio con Universidades // 16. Pago a Proveedores // 17. Anticipo de Caja chica // 18. Solicitud de viáticos // 19. Constitución de fondo rotativo // 20. Compras Ley 14815 // 21. Programación del Gasto por Trimestre // 22. Licitación Pública // 23. Licitación Privada // 24. Oficio Daños y Perjuicios // 25. Transferencia de Crédito // 26. Reconocimiento de Crédito // 27. Solicitud de Desarchivo // 28. Reserva de Cargo // 29. Solicitud de Bonificaciones // 30. Pedido de Fondos // 31. Pago de intereses // 32. Pago COPRES // 33. Pago de servicio // 34. Asignación Familiar // 35. Ampliación de Plazo // 36. Rendición de caja chica // 37. Constitución de Caja Chica // 38. Cambio de agrupamiento // 39. Redeterminación de Precios // 40. Solicitud de Subsidios // 41. Devolución de importe // 42. Alcance de Pago.

Por otro lado, los mismos organismos firmaron otra Resolución conjunta con número GDEBA RESFC-2017-3-E-GDEBA-MJGM que determina para la Dirección Provincial de Personas Jurídicas dependiente del Ministerio de Justicia, el uso obligatorio del módulo de Expediente Electrónico para los siguientes procedimientos administrativos:

1. Certificados de vigencia sociedades comerciales no controladas // 2. Certificados de vigencia sociedades controladas art. 299 // 3. Certificados de vigencia asociaciones civiles // 4. Certificados de vigencia fundaciones // 5. Certificados de vigencia mutuales // 6. Reserva de nombre.

La publicación de las dos resoluciones se realizó el 1° de junio en el Boletín Oficial número 28040 determinando como fecha de entrada en vigencia el 2 de junio de 2017.

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